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Defensa Penal

Abogados penalistas con experiencia en formalización, medidas cautelares, defensa en juicio oral y recurso de nulidad. Lo asistimos desde la primera audiencia hasta la resolución del proceso.

Proceso

Entrevista Personal y Análisis del Caso

Paso 1

Definición de la Teoría del Caso

Paso 2

Representación en Audiencias (control de detención, formalización, medidas cautelares)

Paso 3

Seguimiento Continuo de la Causa

Paso 4

A quién va dirigido

Personas sometidas a un procedimiento penal, así como quienes requieran interponer querellas, ejercer acciones penales o deducir acciones civiles derivadas de delitos, con el objeto de obtener la correspondiente indemnización de perjuicios.

¿Lo detuvieron o formalizaron?

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Defensa Penal

Preguntas Frecuentes

¿Qué hago si detienen a un familiar?

Lo primero es identificar en qué unidad policial se encuentra y solicitar cuanto antes la asistencia de un abogado penalista, ya que desde ese momento corren plazos acotados para la audiencia de control de detención. Contáctenos de inmediato por WhatsApp o teléfono: podemos revisar los antecedentes disponibles y coordinar la comparecencia ante el Juzgado de Garantía dentro del plazo legal.

¿Cuánto cuesta un abogado penalista en Santiago?

El valor depende de la etapa procesal en que se encuentre la causa, su complejidad y si se requiere una defensa permanente o puntual. En la primera consulta revisamos los antecedentes y entregamos una propuesta de honorarios clara antes de asumir la representación.

¿Qué pasa en la audiencia de control de detención?

En esta audiencia, ante el Juzgado de Garantía, se revisa si la detención se ajustó a derecho y el fiscal puede formalizar la investigación, solicitar medidas cautelares o pedir la ampliación del plazo de detención. Es la primera instancia procesal y contar con defensa desde ese momento es clave para resguardar los derechos del imputado.

¿Qué es la formalización de la investigación?

Es la comunicación que efectúa el Ministerio Público al imputado, ante el juez de garantía, informándole que se desarrolla una investigación en su contra por uno o más delitos determinados. Desde ese momento comienzan a correr plazos legales y el fiscal puede solicitar medidas cautelares.

¿Qué significa tener la calidad de imputado o acusado en un proceso penal?

La calidad de imputado se adquiere cuando, a juicio del Ministerio Público, existen antecedentes suficientes que permiten sostener que una persona está o estuvo vinculada a un hecho que reviste carácter de delito y que, por ello, podría ser objeto de una eventual sanción penal conforme a la ley. El Ministerio Público tiene el deber legal de investigar con objetividad, tanto los hechos que puedan acreditar la responsabilidad penal como aquellos que puedan demostrar la inocencia del imputado, debiendo disponer y practicar las diligencias necesarias orientadas a esclarecer los hechos en uno u otro sentido. Por su parte, la calidad de acusado difiere del concepto anterior en cuanto supone una etapa procesal posterior. En efecto, una vez concluida la investigación, el Ministerio Público determina que existen antecedentes suficientes para formular acusación y sostener ante el tribunal que la persona ha tenido participación punible en un hecho que reviste carácter de delito.

¿Cuánto tiempo puede durar un proceso penal?

En principio, no existe un plazo fijo para el desarrollo de un proceso penal, ya que su duración dependerá de las particularidades de cada caso. Ello se explica, entre otras razones, porque las instituciones que colaboran con el ente persecutor suelen encontrarse sobrecargadas de diligencias solicitadas tanto por fiscales como por defensores o querellantes —tales como el Servicio Médico Legal, las brigadas de la PDI o Carabineros—. En consecuencia, tratándose de un procedimiento ordinario y sin dilataciones, lo habitual es que su duración fluctúe entre ocho meses y dos años, pudiendo incluso extenderse más, según la complejidad del asunto y el tribunal competente para conocer de la causa.

¿Si fui condenado por un delito y me dieron beneficios, puedo volver a utilizarlos?

Depende. El hecho de haber sido beneficiario de alguna de las penas sustitutivas contempladas en la Ley N° 18.216 no excluye, por sí mismo, la posibilidad de acceder a otro beneficio previsto en la misma normativa. Sin embargo, antes de afirmar dicha posibilidad, es indispensable analizar la condena anterior, así como verificar si se cumplen los plazos y requisitos legales que permitan fundamentar una nueva solicitud con ocasión de una condena posterior. Esto resulta especialmente relevante tratándose de simples delitos o crímenes, casos en los cuales suele exigirse el transcurso de un determinado período de tiempo —generalmente de cinco o diez años, según corresponda— para poder optar nuevamente a estos beneficios.

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